miércoles, 26 de mayo de 2010

Transparencia y derecho a la información

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Es ésta una iniciativa que quería difundir, que si bien no está relacionada directamente con la Sanidad o la Farmacia, si trata de uno de los componentes de la responsabilidad social corporativa, como es la transparencia y rendición de cuentas de las administraciones públicas.
Dado que la distancia entre la administración y el sector sanitario es muy corta, cualquier mejoría en la transparencia de una redundará en la de la otra.
Esta iniciativa, de ámbito europeo, y presente también en España, pretende aumentar el acceso a la información -inmensa- de la que disponen las administraciones públicas, y que frecuentemente se nos niega, a pesar de que seamos partes interesadas o directamente relacionadas con la misma.
En el caso de que no tengamos relación directa con el asunto, no es que se nos niegue, es que ni se nos contesta, despreciando al ciudadano de la forma más absoluta.

Esta pretensión parte de la base de que toda persona tiene derecho de solicitar recibir el acceso a la información de entidades públicas. El derecho obliga a las entidades públicas a publicar información sobre sus funciones y gastos de manera proactiva.
España es el único país de la Unión Europea con más de un millón de habitantes que no tiene una ley específica reguladora del derecho de acceso a la información.

Esta iniciativa propone 9 principios que deberían cumplir todas las administraciones:

1. El derecho a la información es un derecho de todas y todos.
2. El derecho se aplica a todas las entidades públicas.
3. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.
4. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.
5. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de la información son la excepción.
6. Las denegaciones de acceso a la información deben ser limitadas y estar debidamente motivadas.
7. Toda persona tiene el derecho de recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas.
8. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información básica y esencial sin que sea necesario realizar una solicitud.
9. El derecho de acceso a la información debe ser garantizado por un órgano independiente.

En este enlace hay varios documentos de interés para esta campaña.
En fin, una tarea inmensa que queda, pues con la consideración patrimonial que tiene cualquier funcionario o político de turno...
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